El Post

Mucho cuidado de a quien le presta su carro. O mejor no lo preste. Ese consejo le damos desde #ElPost luego de conocer la decisión de la Corte Constitucional por medio de la sentencia C-321 de 2022, en la cual dice que no importa quién está conduciendo un vehículo, el responsable de lo que ocurra será el dueño.

Según explica la normativa, el dueño del vehículo es el único responsable de su adecuada tenencia; por lo tanto debe velar porque el mismo cumpla con las normas de tránsito. Esto indica que es el propietario quien garantiza que tenga los documentos e impuestos al día y que no se cometan faltas como exceder límites de velocidad o irrespetar las señales de la vía.

Con esto, no es necesario determinar quién está conduciendo un vehículo para sancionar una infracción. Por eso, ‘mucho ojo’ si decide prestar el carro.

Ahora bien, si recibe una multa o comparendo por infracción y usted no era el conductor, tendrá que entregar las pruebas necesarias para demostrar que fue víctima de fraude o de hurto de su vehículo para ser exonerado de la infracción y del pago de la multa.

Sin embargo, si este proceso falla en su contra, deberá cancelar el cien por ciento de la multa junto con los intereses causados.